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Esta directiva sobre contratación pública es un paso muy importante para promover diversos e importantes procesos de cambio a aplicar dentro de la Estrategia de la UE para 2020

1. Las nuevas directivas sobre contratación pública aprobadas por el Parlamento Europeo el 15 de enero 2014 son un paso muy importante para promover diversos e importantes procesos de cambio a aplicar dentro de la Estrategia de la UE para 2020:

    • La introducción en los requisitos de contratación pública del pleno cumplimiento de los convenios en la mano de obra, las leyes sociales y ambientales;
    • Aumentar la transparencia y la eficiencia a través de la adopción de la contratación electrónica;
    • Reducción de las cargas burocráticas para los agentes económicos a través de nuevos instrumentos como el Documento Único de Contratación Europea (PESD);
    • Ofrecer una lista más flexible y diversificada de los procedimientos que mejoran las prácticas del sector privado, tales como los catálogos electrónicos;
    • Contribuir a estimular la innovación y hacer frente a los procesos contractuales no estándar a través de la inclusión de procedimientos como el diálogo competitivo, el procedimiento de licitación con negociación y la asociación para la innovación;
    • La adopción de un enfoque con diverso criterios para evaluar las ofertas, dando especial atención a la calidad y ciclo de vida, con el fin de que la evaluación no sólo se base en el precio, basarse solo en este criterio se evitará con tanta frecuencia como sea posible;
    • La consideración de criterios que representan la capacidad profesional y la experiencia para seleccionar a los candidatos y para evaluar las ofertas, con los objetivos de mejorar la eficacia y la eficiencia de la contratación pública para estimular la innovación y la participación de las PYME en el Mercado Público.

2. Este nuevo marco legal implicará múltiples procesos de cambio en todos los actores que juegan un papel importante para lograr su transposición (Nota del traductor: de la directiva europea sobre contratación pública) y aplicación de la misma, es decir, las autoridades reguladoras nacionales, las autoridades de contratación pública, las centrales de compras, los operadores económicos, de auditoría o inspección de las instituciones y los proveedores de servicios electrónicos que cumplan todas las medidas de eficacia requeridas. En realidad, de acuerdo con las nuevas directivas, toda la secuencia de las tareas necesarias para formalizar un contrato público tendrá que ser apoyada por los sistemas electrónicos que permitirán ser más eficaces para manejar, para tratar, para comunicarse y para producir la información clave y el conocimiento, a saber:

    • Difundir a través de la web todas las oportunidades que ofrecen los mercados públicos, lo que permite la descarga directa todos los documentos pertinentes, sin restringir su validez legal como ocurre ahora a menudo a través de » la letra pequeña » que se incluye en muchas ofertas de las autoridades de contratación pública.
    • Proporcionar sistemas fáciles y seguros para implementar la e – licitación
    • Organizar listas de requisitos y de operadores económicos clasificados, vigilando que cumplan la normativas laborales, ambientales y leyes sociales
    • Recoger y proporcionar la información necesaria para emitir el Documento Único de Contratación Europea
    • Recoger y proporcionar la información necesaria para aplicar los criterios de selección de los candidatos teniendo en cuenta la experiencia profesional anterior o las capacidades técnicas y económicas.
    • Para modelar sistemas de evaluación con diversos criterios de las ofertas , dando especial atención a la calidad, las condiciones de servicio y el ciclo de vigencia del proyecto y estimar los correspondientes descriptores y las puntuaciones
    • Poner en práctica procesos interactivos y electrónicos que fomenten procedimientos de negociación con total transparencia e igualdad de trato
    • Poner en práctica los procedimientos electrónicos tales como catálogos electrónicos , sistemas de adquisición dinámicos y subastas multicriterio
    • Recoger, tratar y comunicar todos los datos pertinentes a los portales nacionales o regionales
    • Recoger, tratar y enviar toda la información estadística relevante para las instituciones europeas.
    • Llevar a cabo programas de formación adaptados a las necesidades de cada actor para dominar las nuevas herramientas y los nuevos procedimientos.

Obviamente, todas estas tareas son desafíos críticos para el desarrollo y para la prestación de servicios por parte de las plataformas electrónicas y, por tanto, la dinámica del mercado requiere de estos servicios que sean más flexibles, innovadores, transfronterizos, fácilmente accesibles y diversificando perfiles de servicios adaptados a las necesidades específicas de cada actor , tanto sea un pequeño o un gran comprador / vendedor, permitir la formación de cada contrato, ya sea reducida o compleja y costosa.

La asociación europea de e-platorms, EUPLAT – www.euplat.org – se estableció en la reunión que tuvo lugar en el final de la primera Conferencia Europea sobre e–Contratación Pública , el marzo de 2013 (www.opet.pt) en ella se formó la unión de 16 e-plataformas y será un jugador clave para contribuir al desarrollo sostenible y eficaz de este mercado que será de suma importancia para lograr la aplicación efectiva y eficiente en cada estado miembro de la totalidad del espectro de cambios profundos e innovadores requeridos por las directivas sobre contratos públicos aprobados por el Parlamento Europeo .

Fuente: Traducción del artículo original, «The New Public Procurement EU Directives and European Market of e-­‐Platforms«, de: LUÍS VALADARES TAVARES, IST -­ LISBON,16/1/2014, www.euplat.org

Traducción: Josep Martí Cid
Director Comercial de Área – Pixelware
http://www.pixelware.com
Especialistas en Contratación Pública Electrónica
Pixelware es miembro fundador de EUPLAT