Cómo participar en licitaciones públicas: guía paso a paso

Última actualización: agosto de 2026 · Contenido conforme a la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público

Las licitaciones públicas pueden ser una gran oportunidad de negocio para tu empresa. En este artículo te enseñamos los puntos claves que debes conocer para licitar con la Administración Pública.

Índice

  1. ¿Qué es una licitación pública?
  2. Legislación (Ley de Contratos del Sector Público)
  3. ¿Quién se puede presentar a una licitación pública?
  4. Tipos de contratos
  5. Tipos de procedimientos de adjudicación
  6. Búsqueda de licitaciones públicas
  7. Presentación de ofertas
  8. Recursos
  9. Adjudicación del contrato
  10. Errores frecuentes al licitar por primera vez
  11. Preguntas frecuentes

¿Qué es una licitación pública?

Es el medio usado por el Sector Público para adquirir productos, servicios u obras que necesita para cumplir con sus funciones.

La administración pública es el mejor aliado a la hora de hablar de la solvencia económica ya que nunca podrá fallar en un pago, aunque en contrapartida sí puede demorarse más.

La licitación pública consiste en un “concurso” entre proveedores para la obtención de bienes o servicios solicitados por una administración. En este proceso, las partes contratantes invitan a diferentes actores a formular sus propuestas con arreglo a las bases establecidas, y seleccionan a la parte más ventajosa mediante la adjudicación. Todo el proceso estará sujeto a ciertos requisitos legales que aseguran la transparencia, la legitimidad y la igualdad entre los participantes.

 

Legislación (Ley de Contratos del Sector Público)

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) es la ley donde se recoge el conjunto de normas y regulaciones que afectan a las licitaciones y distintas contrataciones públicas. Traspone al derecho español las directivas europeas 2014/23/UE y 2014/24/UE, y recoge las normas clave para dar transparencia al proceso y prevenir la corrupción.

Junto a ella conviven la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común, el Reglamento General de la LCAP (Real Decreto 1098/2001) en lo que sigue vigente, y la normativa propia de cada comunidad autónoma.

¿Quién se puede presentar a una licitación pública?

Lo primero que deberás tener en cuenta a la hora de participar en una licitación pública es tener bien definida la especialidad de tu empresa y, a partir de ahí, estudiar qué tipo de ofertas puedes cubrir.

Se suele pensar que este proceso solo es válido para grandes empresas, pero en muchas ocasiones lo que de verdad importa es la especialización. El proceso de licitación pública puede ser abierto a todo tipo de empresas independientemente de su tamaño, o bien cerrado, en cuyo caso deberás ser invitado por el organismo.

Antes de presentarte conviene revisar la documentación y los requisitos necesarios para licitar.

Tipos de contratos en una licitación pública

Obras

Las obras de construcción o ingeniería civil, la modificación del terreno o la mejora del medio natural deben entenderse como obra.

Servicios

Los contratos de servicios se adjudican para realizar actividades específicas o prestaciones de hacer. Pueden retribuirse a tanto alzado o por precios unitarios.

Suministros

El contrato es para el suministro de bienes muebles. Incluye estas categorías:

  • Los empresarios entregan bienes sucesivamente a precios unitarios para mantener abierta la cantidad total de suministro.
  • Compra o arrendamiento de equipos y sistemas de telecomunicaciones, con todos los medios auxiliares.
  • El software personalizado no está incluido porque se considera un contrato de servicio.
  • La fabricación de objetos con características específicas.
  • Compra de energía primaria o energía transformada.

Tipos de procedimientos de adjudicación de una licitación pública

El procedimiento de adjudicación es un conjunto de trámites legal o reglamentariamente establecidos para la selección del empresario que ha de celebrar un contrato con la entidad del sector público que haya efectuado la correspondiente convocatoria.

Procedimiento abierto

En el procedimiento abierto, cualquier empresario interesado puede presentar propuestas, pero no está autorizado a negociar los términos del contrato con los licitadores.

Procedimiento abierto simplificado

Este procedimiento es más simple y permite aligerar las cargas administrativas, pero requiere estar registrado en el ROLECE (Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado), además de que el valor del contrato sea igual o inferior a 2.000.000 de euros en el caso de contratos de obras y, en el caso de contratos de suministro y de servicios, que su valor sea igual o inferior a 100.000 euros.

Si aún no estás dado de alta, aquí te explicamos qué es el ROLECE y cómo inscribirse.

Procedimiento restringido

Es conveniente para la contratación de servicios intelectuales de especial complejidad. Al menos han de ser convocadas 5 empresas, y solo podrán presentar proposiciones las empresas seleccionadas.

Licitación con negociación

De carácter extraordinario. Solo recae en un licitador tras un proceso de negociación con uno o varios candidatos.

Procedimiento negociado sin publicidad

Es del mismo carácter que el negociado, pero debe cumplir los siguientes requisitos:

  1. Han de ser invitadas las empresas que, aunque no hayan sido llamadas a la negociación, lo requieran.
  2. Se debe establecer un acuerdo interno para que la preselección pueda realizarse en igualdad de condiciones.
  3. Los diferentes aspectos de la negociación deben quedar registrados en el expediente.
  4. Si hay distintas fases, deberá asegurarse que el número de ofertas garantice la competencia efectiva.

Búsqueda de licitaciones públicas

Para la búsqueda de las diferentes licitaciones públicas las empresas tienen a su disposición las siguientes plataformas:

Plataforma de Contratación del Sector Público (PCSP)

Esta plataforma permite a la empresa consultar las licitaciones publicadas en los perfiles del contratante, tanto las últimas publicadas como las que localices a través del formulario de búsqueda, donde podrás consultar su estado, el último documento publicado y su fecha de actualización.

Te explicamos su funcionamiento en detalle en nuestra guía de la Plataforma de Contratación del Sector Público.

Perfil del contratante

Es el lugar donde los órganos de contratación publican la información sobre su actividad. En él los interesados pueden ver todas las licitaciones (electrónicas o no) de la entidad licitadora, el estado y resolución de las mismas, la documentación relativa a las mismas, la adjudicación y formalización del contrato, o el punto de contacto y formas de comunicación para interactuar con él.

En el perfil de contratante se incluye un enlace a la Plataforma de Contratación del Estado, cuya dirección electrónica es contrataciondelestado.es.

Plataformas autonómicas

Cataluña, Andalucía, Comunidad de Madrid, etc. (Plataforma de Contratación de la Generalitat de Catalunya, Plataforma de Contratación del Gobierno de La Rioja… y entidades locales como Diputación Provincial de Valladolid, Ayuntamiento de Zaragoza, Ayuntamiento de Madrid…).

Las entidades asociadas a comunidades autónomas y entidades locales pueden optar por publicar sus perfiles de contratante en la Plataforma de Contratación del Sector Público o mantener los suyos propios.

Presentación de ofertas para una licitación pública

El pliego de la licitación pública

Los pliegos de un proceso de licitación especifican qué necesita el organismo del sector público y determinan cómo se llevará a cabo la prestación. No se permite excluir de la competencia a ninguna empresa a la que se dirija la convocatoria.

Los pliegos en la licitación se clasifican en:

  • Pliego de cláusulas administrativas particulares. Incorpora los criterios de solvencia y adjudicación del contrato, y las consideraciones sociales, laborales y ambientales.
  • Pliego de prescripciones técnicas particulares. Define los estándares, requisitos y procedimientos técnicos que se aplicarán en la ejecución.

Documentación necesaria para poder participar

La documentación mencionada a continuación dependerá en gran medida del tipo de concurso, del organismo licitador, de la empresa en sí y de si está o no inscrita en algún registro de licitadores, además de si el proceso se presenta de forma electrónica o no:

  • La empresa ha de estar inscrita debidamente en el registro mercantil y posteriores modificaciones (en caso de haberlas).
  • Tarjeta acreditativa del CIF o DNI.
  • Alta en IAE y permisos legales. Debe coincidir el objeto de la licitación con el lugar donde está dada de alta la empresa.
  • Expediente de Clasificación de Empresas. Su plazo medio de obtención es de tres meses, pudiendo solicitarse de forma telemática en la web del Ministerio. Puedes ampliar información sobre la clasificación de empresas en las licitaciones públicas.
  • Información relativa a la solvencia económica y financiera de la empresa.
  • Certificación que acredite estar al corriente de pago de las cuotas a la Seguridad Social.
  • Certificado que asegure estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias.
  • Declaración de no incurrir en incompatibilidades. Los pliegos del concurso normalmente incluyen un modelo de declaración.
  • Resguardo de la garantía provisional (si se solicita en el contrato).
  • Presentar avales: aval provisional y de ejecución.

Los sobres

Han de presentarse tres sobres, que deberán entregarse cerrados, firmados e identificados como 1, 2 y 3, indicando la licitación a la que se concurre y el número de expediente de contratación. Estos sobres deben contener:

  • Sobre nº 1: documentación general.
  • Sobre nº 2: proposición técnica.
  • Sobre nº 3: proposición económica.

En caso de que el criterio de adjudicación sea el precio más bajo, o bien criterios evaluables mediante fórmulas o porcentajes, solo se presentarán los sobres nº 1 y nº 3.

En la mayoría de procedimientos, la documentación administrativa se sustituye inicialmente por el DEUC. Te explicamos qué es el DEUC y cómo rellenarlo.

Registros (ROLECE)

Es el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado. Los empresarios pueden inscribir en él los datos de personalidad y capacidad de obrar, autorizaciones y habilitaciones, solvencia y clasificación. Se requiere para el procedimiento abierto simplificado.

El Registro es de tipo electrónico, por lo tanto, las solicitudes de inscripción y la obtención de certificados se tramitan de modo telemático. Pueden existir varios registros dependiendo de la comunidad autónoma, tales como:

  • Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de Euskadi
  • Registro de Licitadores de Andalucía
  • Registro Oficial de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Extremadura
  • Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público de las Islas Baleares
  • Registro Oficial de Licitadores de Castilla-La Mancha (ROLECSP)
  • Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Castilla y León
  • Entre otros

Criterios de adjudicación de una licitación pública

Los criterios de adjudicación se regulan en el artículo 145 de la Ley 9/2017 (LCSP). La regla general es adjudicar utilizando una pluralidad de criterios basados en la mejor relación calidad-precio, evaluada con arreglo a criterios económicos y cualitativos.

Dos reglas que conviene conocer:

  • En los contratos de servicios del Anexo IV y en las prestaciones de carácter intelectual, los criterios relacionados con la calidad deben representar al menos el 51 % de la puntuación.
  • Cuando se utiliza un criterio único, este debe estar relacionado con los costes: el precio o un planteamiento de rentabilidad, como el coste del ciclo de vida (art. 146.1 LCSP).

Es habitual que los aspectos relacionados con el precio ocupen un peso mayoritario en la valoración de las ofertas y que su puntuación se calcule mediante una fórmula matemática conocida y publicada en el pliego. Por su parte, los criterios técnicos deben ser lo más objetivos posibles, medibles, concretos y fácilmente localizables en la oferta.

Ejemplo ilustrativo:

Criterio de valoraciónMáx. de puntos
Oferta económica51
Solución propuesta y cumplimiento de requerimientos10
Planificación e inicio de servicio10
Gestión del proyecto y gestión de calidad10
Gestión del cambio10
Plan de soporte9

Recursos contra un proceso de licitación pública

Es un método legal que permite a los licitadores hacer rectificar a la Administración para que corrija sus procedimientos. Es una garantía para que los licitadores protejan efectivamente su posición jurídica frente a decisiones ya adoptadas.

Podemos clasificar los recursos en:

Contratos de servicios o suministros superiores a 100.000 € (y obras hasta 3M €)

  • Recurso Especial: tasa de estimación del 40-60 %. Su ventaja es que paraliza el expediente, normalmente. Entre 20 días y 3 meses.
  • Recurso Ordinario: tasa de estimación del 0,5 %.
  • Extraordinarios: no tienen gastos (extraordinario de revisión). Es raro su uso y suele emplearse ante alguna ilegalidad.
  • Recurso Contencioso: muy largos y para asuntos de importe elevado. Si pierdes deberás pagar tus gastos y los de la parte contraria.

El plazo general para interponer el recurso especial es de 15 días hábiles (art. 50 LCSP) y es un plazo de caducidad: no se interrumpe ni se suspende. Puedes consultar el detalle en nuestra guía del recurso especial en materia de contratación.

Contratos de servicios o suministros inferiores a 100.000 €

  • Recurso de alzada impropio: se presenta ante la administración de la que se depende.
  • Recurso Contencioso para la preparación. Para la ejecución: jurisdicción civil.

Adjudicación del contrato de la licitación pública

Puede adjudicarse la licitación pública a través de dos métodos:

  • Directo, según el criterio establecido.
  • En forma de diálogo competitivo o mediante una negociación.

Comienza con la clasificación de la documentación y termina con la firma del contrato, con estas fases:

  1. Notificación y resolución provisional a la empresa seleccionada.
  2. Confirmación de la documentación y las garantías solicitadas.
  3. Adjudicación definitiva y firma del contrato.

El órgano de contratación es el encargado de adjudicar el contrato, formalizarlo y posteriormente verificar su cumplimiento.

Errores frecuentes al licitar por primera vez

Estos son los fallos que con más frecuencia dejan fuera a una empresa que se estrena en contratación pública:

  1. Meter datos económicos en el sobre técnico. La exclusión es automática y no admite subsanación.
  2. Presentar el último día. Las plataformas se saturan en las horas finales y una firma que falla a las 23:50 no tiene arreglo.
  3. Certificado digital caducado. Compruébalo al empezar el expediente, no la víspera del cierre.
  4. No leer el pliego técnico entero. Los requisitos excluyentes suelen estar en el detalle.
  5. Responder con un catálogo comercial. La memoria técnica debe seguir el orden de los criterios de valoración, no el de tu argumentario de ventas.
  6. Bajar el precio sin calcular. Puedes incurrir en oferta anormalmente baja y tener que justificarla, o ganar un contrato en pérdidas.
  7. No preguntar. Los órganos de contratación resuelven dudas por escrito durante el plazo de presentación. Es gratis y las respuestas son públicas.

Preguntas frecuentes sobre licitaciones públicas

¿Puede un autónomo presentarse a una licitación pública?

Sí. Los autónomos pueden licitar en igualdad de condiciones siempre que acrediten capacidad, solvencia y no incurran en prohibiciones de contratar.

¿Es obligatorio estar inscrito en el ROLECE?

No siempre, pero sí en el procedimiento abierto simplificado. En el resto de procedimientos agiliza el trámite porque evita aportar la documentación administrativa en cada licitación.

¿Cuánto se tarda en cobrar de la Administración?

El plazo legal es de 30 días desde la aprobación de la certificación o factura, con posibilidad de reclamar intereses de demora si se incumple.

¿Qué pasa si me excluyen de una licitación?

Puedes interponer recurso especial en materia de contratación en el plazo de 15 días hábiles si el contrato supera los umbrales del artículo 44 de la LCSP. Si no los supera, cabe recurso administrativo ordinario o contencioso-administrativo.

¿Puedo presentarme si mi empresa es pequeña?

Sí. La LCSP fomenta la participación de pymes, entre otras vías mediante la división en lotes. En muchos contratos pesa más la especialización que el tamaño.

¿Necesito presentar toda la documentación desde el principio?

No. En la mayoría de procedimientos basta con el DEUC como declaración responsable. Los certificados solo se exigen a quien resulta propuesto como adjudicatario.

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