La tramitación anticipada de los contratos
El artículo 117.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, regula la contratación anticipada estableciendo que:
“Los expedientes de contratación podrán ultimarse incluso con la adjudicación y formalización del correspondiente contrato, aun cuando su ejecución, ya se realice en una o en varias anualidades, deba iniciarse en el ejercicio siguiente. A estos efectos podrán comprometerse créditos con las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias de las distintas Administraciones Públicas sujetas a esta Ley”
Este precepto venia avalado por:…